Ir al contenido
Inicio » Liga Roca: El Tribunal determinó que el partido entre Ranqueles y Nelson debe continuar en la cancha

Liga Roca: El Tribunal determinó que el partido entre Ranqueles y Nelson debe continuar en la cancha

Compartir:

En un fallo fundamentado en los principios de “justicia deportiva”, el órgano punitivo resolvió no dar por perdido el partido a Nelson Page, argumentando que la agresión al árbitro David Campos fue un acto individual del jugador suplente Giuliano Lucena. El agresor recibió dos años de suspensión y el club Nelson afrontará multas económicas y los costos de la reanudación.

Huinca Renancó. El Tribunal de Disciplina de la Liga Regional de Fútbol General Roca emitió este martes 23 de junio la Resolución Nº 04/2026 en respuesta a los graves hechos acontecidos el pasado domingo 21 de junio en el Estadio del Club Atlético Independiente de Ranqueles (C.A.I.R.). Allí se disputaba el encuentro de vuelta de los cuartos de final del Torneo de Primera División “Centenario S.C.N.T.P.” frente al Sporting Club Nelson Tomás Page, el cual debió ser suspendido a los 66 minutos de juego tras la agresión física sufrida por el árbitro principal, Sr. David Campos.


 

El detonante de la suspensión

De acuerdo con el informe arbitral detallado en los vistos del fallo (IMG_4120.jpeg), el juez David Campos dispuso a los 21 minutos del segundo tiempo la expulsión por doble amonestación del jugador número 17 del banco de suplentes de Nelson Page, Sr. Giuliano Lucena. Ante la decisión, el futbolista se abalanzó hacia el colegiado ingresando de forma indebida al terreno de juego y le propinó un golpe de puño a la altura de la mandíbula izquierda. El impacto provocó mareos y dolor de cabeza en el árbitro, impidiéndole continuar al frente del partido. Campos debió ser trasladado al nosocomio más cercano para recibir atención médica por parte de la Dra. Victoria Torres.

El criterio jurídico: Por qué el partido no se da por perdido

El eje central del debate radicaba en la posibilidad de aplicar el artículo 106 del Reglamento de Transgresiones y Penas de la A.F.A., el cual faculta a dar por perdido el cotejo al equipo del jugador infractor (IMG_4118.jpg). Sin embargo, el Tribunal —integrado por el Dr. Lautaro Lapenta (Presidente), el Dr. Matías Nicolás Bergesio (Secretario) y la Dra. Valentina Alicia Cánaves (Vocal)— desestimó por unanimidad esta vía administrativa basándose en los siguientes argumentos conceptuales:

  1. Responsabilidad individual vs. colectiva: El fallo remarca que la agresión provino de un jugador suplente perfectamente individualizado, descartando la existencia de desórdenes colectivos, invasiones masivas de parcialidades o incidentes promovidos por dirigentes o cuerpos técnicos que comprometan institucionalmente a Nelson Page (IMG_4118.jpg).

  2. Espíritu deportivo y equidad competitiva: El cuerpo disciplinario subrayó que “la esencia misma del deporte impone privilegiar… la continuación y culminación de los encuentros suspendidos, permitiendo que los puntos, las clasificaciones y las eliminatorias se definan mediante el juego efectivo” (IMG_4117.jpg). Al momento de la suspensión, la escuadra visitante se imponía 1 a 0 en el marcador, restando disputarse 24 minutos más el tiempo adicional (IMG_4119.jpg). Decretar la pérdida de puntos administrativamente habría significado “alterar un resultado que favorecía legítimamente a uno de los contendientes” por un hecho aislado (IMG_4119.jpg).

  3. Facultad discrecional: Se hizo hincapié en que el reglamento utiliza el verbo “podrá” al referirse a la quita de puntos, otorgando al órgano de justicia la potestad de ponderar las circunstancias particulares sin la obligación de dictar una sanción automática (IMG_4118.jpg).

Las sanciones resueltas

En la parte resolutiva del documento oficial (IMG_4115.jpg), el Tribunal de Disciplina dispuso las siguientes medidas punitivas y administrativas:

  • Fijación de nueva fecha: Se ordenará la programación del día y horario para disputar los 24 minutos restantes de la vuelta de los cuartos de final en la cancha de Ranqueles.

  • Sanción severa al agresor: El jugador Giuliano Lucena fue suspendido formalmente por el término de dos (2) años, encuadrando su conducta en el artículo 183 del Reglamento de Transgresiones y Penas de A.F.A., el cual estipula penas de uno a cinco años para agresiones físicas a las autoridades del partido (IMG_4120.jpeg).

  • Penalidades económicas para Nelson Page: El Sporting Club Nelson Tomás Page deberá hacerse cargo en forma exclusiva de la totalidad de los gastos organizativos que demande la reanudación del encuentro (debiendo Ranqueles presentar la planilla de costos correspondiente) y, adicionalmente, recibió una multa económica equivalente al valor bruto de 100 entradas (IMG_4115.jpg).

Con esta resolución, la Liga General Roca prioriza que la definición del semifinalista del certamen se dirima estrictamente bajo los méritos desplegados en el terreno de juego, castigando con severidad la violencia individual pero preservando la integridad del resultado deportivo.

Compartir: