Ir al contenido
Inicio » Bomberos: Legislador Saliba presenta proyecto para adherir a Ley nacional de fortalecimiento

Bomberos: Legislador Saliba presenta proyecto para adherir a Ley nacional de fortalecimiento

Compartir:

El legislador departamental Oscar Saliba presentó en la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Legislatura un proyecto de ley para que la Provincia se adhiera a la Ley Nacional 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

“Es fundamental apoyar a quienes nos protegen con valentía y entrega”, sostuvo Saliba al presentar la iniciativa. “Los Bomberos Voluntarios cumplen un rol fundamental en nuestra sociedad, arriesgando su vida para salvar la de los demás. Es nuestro deber garantizarles las herramientas y el apoyo que necesitan para desempeñar su tarea con la mayor seguridad y eficacia posible”, agregó.


 

La Ley Nacional 27.629, que fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras del Congreso de la Nación en 2021, tiene como objetivo fortalecer el sistema nacional de bomberos voluntarios y brindarles mayor protección a los voluntarios que prestan servicio en todo el país.

Principales puntos del proyecto:

  • Ampliación de la cobertura ante riesgos y contingencias: La ley prevé ampliar la cobertura de los bomberos voluntarios ante los riesgos y contingencias que puedan enfrentar en el ejercicio de sus funciones. Esto incluye accidentes, enfermedades profesionales y otras situaciones que puedan afectar su salud o integridad física.
  • Prestaciones para bomberos accidentados: La ley incluye prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos voluntarios que sufran algún tipo de accidente en el ejercicio de sus funciones. Entre estas prestaciones se encuentran la asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados.
  • Prestación por incapacidad laboral temporaria: En caso de que un bombero voluntario sufra una incapacidad laboral temporaria, la ley establece que percibirá una prestación de pago mensual durante ese período o hasta transcurridos 24 meses.
  • Exención de pago de servicios públicos esenciales: La ley exime a las entidades de bomberos voluntarios del pago de los servicios públicos esenciales, como energía eléctrica, gas, agua y telefonía.
  • Devolución del IVA: La ley también establece la devolución del IVA a las entidades de bomberos voluntarios por las compras de bienes y servicios necesarios para su funcionamiento.

Compartir: