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San Luis: Matrimonio de Río Cuarto fue condenado por robo de ganado, se arrepintieron y recibieron una pena en suspenso

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Este martes, el tribunal Penal de la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción, condenó a un matrimonio oriundo de Río Cuarto por el robo de ganado en un campo ubicado en cercanías de Villa Larca.

Mediante un juicio abreviado, los acusados reconocieron ser los autores del hecho ocurrido el 14 de febrero de 2017; y aceptaron la imposición de una pena de tres años de prisión en suspenso.


 

En representación del Ministerio Fiscal, intervino el Dr. Mario Néstor Zudaire, quien reseñó que la denuncia fue realizada por el dueño del campo tras advertir que habían faenado a varios animales vacunos de su propiedad.

Según obra en el expediente, se trató de 5 vacas de pastoreo, cuyos restos fueron hallados al interior de un camión en la localidad de La Barranquita, cerca de Río Cuarto.

Luego de relatar los hechos que motivaron la causa, el Fiscal solicitó la homologación del acuerdo de juicio abreviado, peticionando al tribunal que, al momento de decidir, tuviera en cuenta la ausencia de antecedentes penales de ambos imputados. Finalmente, pidió considerar también la situación familiar del matrimonio, puesto que tienen tres hijos menores de edad que requieren de sus cuidados.

Representados por su abogado defensor, Daniel Flores, los acusados ratificaron el acuerdo ante el tribunal.

También estuvo presente el damnificado, quien no presentó objeciones a lo convenido por la fiscalía y la defensa.

Contando con la conformidad de todas las partes, el tribunal presidido por Gustavo Daniel Sanchiño e integrado por las vocales Sandra Elizabeth Piguillem y María Claudia Uccello resolvió por unanimidad homologar el acuerdo de juicio abreviado y dictar, en consecuencia, el siguiente veredicto:

Declarar a M.A.A. y R.L.C. culpables como coautores materiales y penalmente responsables del delito de abigeato, condenándolos a sufrir la pena de 3 años de prisión en suspenso, accesorias de ley y costas procesales.

Finalmente, se les advirtió a los ahora condenados que deberán acatar todas las reglas de conducta que se impongan en la sentencia. Caso contrario, se les revocará el beneficio de la prisión en suspenso, y deberán cumplir la condena de manera efectiva.

Nota aclarativa: en virtud de que las personas condenadas recibieron el beneficio de la prisión en suspenso, que implicó el reconocimiento de su autoría en el hecho, mostrar arrepentimiento por su accionar delictivo y comprometerse a cumplir determinadas normas de conducta; no se consignan sus datos identificatorios a fin de no entorpecer su proceso de resocialización. Esto es: ejercer una profesión u oficio, finalizar sus estudios, realizar tareas comunitarias y/o toda otra pauta que imponga la autoridad judicial competente para el mantenimiento de la libertad condicional.

Prensa Judicial 3° Circunscripción

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