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Caso de supresión del apellido paterno: “Es la primera vez que rechazo”

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En diálogo con este medio el Juez Dr. Lucas Funes, del Juzgado de Huinca Renancó habló con FM Digital con respecto al fallo donde se rechaza la supresión del apellido paterno de una menor. El Magistrado explicó como tomó esta determinación tras dos entrevistas con la niña, entre otros elementos de análisis que se tomaron en cuenta para la decisión.

En la resolución, el juez Funes remarcó que el nombre es un derecho humano que se relaciona con la identidad de las personas. También apuntó que -a causa de la trascendencia que tiene en el sistema jurídico- uno de los caracteres esenciales del nombre es su “inmutabilidad”; esto significa que no puede modificarse voluntariamente, sino sólo por “justos motivos” a criterio del juez. 


 

En consecuencia, explicó que, para modificar el nombre, deben acreditarse razones serias y fundadas en situaciones tanto materiales como morales. Asimismo, señaló que la inmutabilidad del nombre no debe entenderse como absoluta, sino que apunta a evitar cambios arbitrarios e injustificados. 

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